<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	
	xmlns:georss="http://www.georss.org/georss"
	xmlns:geo="http://www.w3.org/2003/01/geo/wgs84_pos#"
	>

<channel>
	<title>wealth management &#8211; Betterplan &#8211; Blog</title>
	<atom:link href="https://blog.betterplan.cl/tag/wealth-management/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://blog.betterplan.cl</link>
	<description>Betterplan: Una mejor manera de ahorrar e invertir.</description>
	<lastBuildDate>Wed, 03 Jun 2026 13:39:58 +0000</lastBuildDate>
	<language>es-CL</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.7.5</generator>

<image>
	<url>https://blog.betterplan.cl/wp-content/uploads/2025/04/cropped-isotipo-32x32.png</url>
	<title>wealth management &#8211; Betterplan &#8211; Blog</title>
	<link>https://blog.betterplan.cl</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
<site xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">235235566</site>	<item>
		<title>Artículo 107 LIR: cómo pagar menos impuestos al invertir en Chile (y hacerlo bien)</title>
		<link>https://blog.betterplan.cl/2026/06/03/articulo-107-lir-como-pagar-menos-impuestos-al-invertir-en-chile-y-hacerlo-bien/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Pía Ríos]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Jun 2026 13:39:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Fondos]]></category>
		<category><![CDATA[inversiones]]></category>
		<category><![CDATA[wealth management]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://blog.betterplan.cl/?p=4494</guid>

					<description><![CDATA[Existe un beneficio tributario que muchos inversionistas chilenos desconocen o aplican mal: el]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Existe un beneficio tributario que muchos inversionistas chilenos desconocen o aplican mal: el artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Cuando se usa correctamente, puedes acceder a un impuesto único del 10% de impuesto sobre las ganancias de capital en la venta de ciertos instrumentos financieros. Esta guía explica qué es, quién puede usarlo, cuáles son los requisitos reales y cómo integrarlo en una estrategia de inversión.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué es el Artículo 107 LIR y por qué importa para los inversionistas?</h3>



<p>El artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) establece que las ganancias de capital obtenidas por la enajenación de ciertos valores con presencia bursátil tributen con una tasa unica del 10%.</p>



<p>En términos simples: si vendes acciones o cuotas de fondos que califican bajo este artículo, y cumples los requisitos, la ganancia que obtienes tributa solo el 10%. Para una persona con inversiones de largo plazo, esto puede representar una diferencia significativa en la rentabilidad neta acumulada, ya que en vez de pagar el global complementario (que puede legar hasta un 40%) o impuesto de primera categoria para las sociedades (27%), podrias reducir tu carga tributaria considerablemente.</p>



<p>La razón de fondo del beneficio es incentivar la inversión en el mercado de capitales local, promoviendo instrumentos con liquidez y presencia bursátil activa. No es un resquicio legal: es una norma explícita del sistema tributario chileno.</p>



<p><strong>En la práctica:</strong></p>



<p><em>Si compras cuotas de un fondo de inversión, fondo mutuo o ETF que califica bajo el 107 LIR y luego las vendes con ganancia, esa ganancia puede reducir el efecto tributario. Pero si el mismo instrumento no cumple los requisitos del artículo —o si tú como inversionista no cumples las condiciones — tributas igual que cualquier otra ganancia de capital.</em></p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cuáles son los requisitos para aplicar el artículo 107 LIR?</h3>



<p>Este es el punto donde la mayoría de los inversionistas comete errores. El beneficio no es automático: depende de que tanto el instrumento como la operación cumplan condiciones específicas. Acá están las principales:</p>



<h4 class="wp-block-heading">1. Presencia bursátil del instrumento</h4>



<p>El valor debe tener &#8220;presencia bursátil&#8221; en los términos definidos por la normativa: haber sido transado en bolsa en al menos el 25% de los días hábiles de los últimos 180 días corridos anteriores a la venta, con un monto diario transado superior al umbral vigente. Este criterio lo calculan y publican las bolsas de valores.</p>



<p>Instrumentos que habitualmente califican: acciones de sociedades anónimas abiertas con alta transabilidad, cuotas de ETFs listados en bolsas chilenas, cuotas de fondos mutuos con presencia bursátil acreditada.</p>



<h4 class="wp-block-heading">2. Precio de adquisición y documentación</h4>



<p>Para calcular la ganancia de capital exenta, necesitas documentar correctamente el precio de adquisición. Esto requiere mantener registros de cada compra: fecha, precio y cantidad. Sin esa trazabilidad, es imposible demostrar el costo base y aplicar correctamente el beneficio.</p>



<p>El custodio o plataforma de inversión debería entregar esta información en sus reportes. Si tu custodia no lo hace, es una señal de alerta.</p>



<h4 class="wp-block-heading">3. Tipo de inversionista</h4>



<p>El 107 LIR aplica tanto a personas naturales como a personas jurídicas (sociedades), pero con matices distintos en cada caso. Para las sociedades, además de los requisitos anteriores, la aplicación puede verse afectada por el régimen tributario de la entidad y la situación de los socios.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué instrumentos califican para el beneficio del 107 LIR?</h3>



<p>No todos los instrumentos financieros califican. Aquí están los más relevantes:</p>



<h4 class="wp-block-heading">Instrumentos que típicamente califican</h4>



<ul class="wp-block-list">
<li>Acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil acreditada en bolsas chilenas.</li>



<li>Cuotas de fondos mutuos con presencia bursátil (listados en bolsa con transabilidad suficiente).</li>



<li>Cuotas de ETFs listados en bolsas de valores locales que cumplan el criterio de presencia.</li>



<li>Cuotas de fondos de inversión transados en bolsa bajo las condiciones del artículo.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Instrumentos que generalmente NO califican</h4>



<ul class="wp-block-list">
<li>Acciones o cuotas sin presencia bursátil suficiente.</li>



<li>ETFs o fondos extranjeros custodiados directamente en el exterior (sin ser listados en bolsa chilena).</li>



<li>Bonos, depósitos a plazo y otros instrumentos de renta fija (tienen su propio tratamiento tributario).</li>



<li>Fondos Mutuos sin presencia bursátil.</li>
</ul>



<p>Una aclaración importante: el hecho de que un instrumento cotice en la Bolsa de Santiago o en la Bolsa Electrónica no garantiza automáticamente presencia bursátil en los términos del 107 LIR. Hay que verificar el dato al momento de la venta.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Cómo integrar el 107 LIR en tu estrategia de inversión?</h3>



<p>El beneficio del artículo 107 LIR no es algo que se &#8220;activa&#8221; al final. Es una variable que debe estar incorporada en el diseño de la cartera desde el principio. Estas son las consideraciones prácticas:</p>



<h4 class="wp-block-heading">Selección de instrumentos con criterio tributario</h4>



<p>Al elegir entre dos instrumentos similares en riesgo y costo —por ejemplo, un ETF extranjero custodiado en EE.UU. versus uno listado en bolsa chilena con presencia bursátil— el tratamiento tributario puede ser un factor decisivo. El primero tributa como ganancia de capital normal; el segundo puede estar exento bajo el 107 LIR.</p>



<p>Esto no significa que siempre sea mejor el instrumento local. Hay que evaluar el costo total (TER, spreads, custodia), la liquidez y la exposición real que ofrece cada vehículo.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Horizonte de inversión y rotación</h4>



<p>Una estrategia de largo plazo y baja rotación es naturalmente más compatible con el 107 LIR. Cuanto menos rotación, menor el riesgo de ser calificado como habitual. Cuanto más tiempo mantienes el instrumento, más relevante se vuelve la exención en relación al monto acumulado.</p>



<p>Rebalanceos frecuentes o cambios tácticos repetidos en el mismo tipo de instrumento pueden comprometer el beneficio. Por eso, diseñar la estrategia de rebalanceo con criterio tributario es parte de una buena asesoría financiera.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Documentación y trazabilidad</h4>



<p>Para ejercer el beneficio del 107 LIR correctamente ante el SII, necesitas documentar:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Fecha y precio de compra de cada instrumento.</li>



<li>Fecha y precio de venta.</li>



<li>Acreditación de presencia bursátil al momento de la venta.</li>



<li>Historial de operaciones similares (para demostrar no habitualidad si es necesario).</li>
</ul>



<p>Tu plataforma de inversión debe ser capaz de entregarte esta información en forma ordenada. Si no lo hace, el costo administrativo de aplicar el beneficio puede ser mayor que el ahorro tributario.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Coordinación con asesoría tributaria</h4>



<p>El 107 LIR es una norma con matices interpretativos. El SII ha emitido circulares aclaratorias a lo largo de los años, y los casos particulares —especialmente en sociedades o con patrimonios más complejos— requieren revisión profesional. En Betterplan, nuestros asesores certificados CAMV incorporan la lectura tributaria en el diseño de cartera y coordinan con el asesor tributario del cliente cuando el caso lo requiere.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Ejemplo práctico: cuánto puede significar en términos reales</h3>



<p>Para ilustrar el impacto del beneficio, considera este caso simplificado:</p>



<p><strong>Caso ilustrativo (no constituye proyección ni asesoría)</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Inversión inicial: CLP 100.000.000 en cuotas de un fondo con presencia bursátil.</li>



<li>Horizonte: 5 años de tenencia sin venta.</li>



<li>Ganancia acumulada al cabo de 5 años: CLP 100.000.000.</li>



<li>Tasa de impuesto a la ganancia de capital aplicable sin el beneficio: 10% (primera categoría para contribuyentes del régimen general, a modo ilustrativo).</li>



<li>Impuesto a pagar sin 107 LIR (30% global complementario: CLP 30.000.000.</li>



<li>Impuesto a pagar con 107 LIR (105 impuesto unico): CLP 10.000.000.</li>
</ul>



<p>En una cartera gestionada con disciplina de largo plazo y múltiples instrumentos, el efecto compuesto de esta exención a lo largo de los años puede ser materialmente significativo. No es la única variable, pero tampoco es marginal.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Errores comunes al intentar aplicar el artículo 107 LIR</h3>



<p>Estos son los errores que vemos con más frecuencia:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Asumir que cualquier fondo o ETF califica sin verificar la presencia bursátil al momento de la venta.</li>



<li>No llevar registro del precio de adquisición, lo que impide calcular correctamente la ganancia exenta.</li>



<li>Rotación frecuente del mismo tipo de instrumento, generando riesgo de que el SII califique la actividad como habitual.</li>



<li>Aplicar el beneficio a instrumentos custodiados en el exterior que no cumplen los requisitos del artículo.</li>



<li>Confundir la exención del 107 LIR con la exención de dividendos o intereses (que tienen tratamiento distinto).</li>



<li>No coordinar con un asesor tributario en casos con estructuras societarias complejas o patrimonios relevantes.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">¿Aplica el 107 LIR para sociedades de inversión?</h3>



<p>Sí, pero con consideraciones adicionales. Las sociedades de inversión (SpA, Ltda.) pueden acceder al beneficio del artículo 107 LIR bajo condiciones similares a las personas naturales en cuanto al instrumento y la operación. Sin embargo, hay variables adicionales que deben evaluarse:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Régimen tributario de la sociedad: afecta cómo se declara y eventualmente se distribuye la ganancia.</li>



<li>Situación de los socios: el beneficio puede impactar de forma distinta la tributación a nivel de socios según su régimen personal.</li>



<li>Política de inversiones documentada: para demostrar que no hay habitualidad, es útil tener una política formal que defina los criterios de compra y venta.</li>



<li>Asesoría tributaria especializada: en el caso de sociedades, la revisión profesional no es opcional sino recomendable.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Preguntas frecuentes sobre el artículo 107 LIR</h3>



<h4 class="wp-block-heading">¿Cómo sé si un fondo o ETF tiene presencia bursátil para efectos del 107 LIR?</h4>



<p>La presencia bursátil la calculan y publican las bolsas de valores chilenas. Al momento de vender, puedes verificar si el instrumento está en la lista de valores con presencia bursátil vigente. Tu plataforma de inversión también debería informarte de esta condición. Si tienes dudas, consulta directamente con la bolsa o con tu asesor financiero antes de ejecutar la venta.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿El beneficio del 107 LIR aplica también a los dividendos?</h4>



<p>No. El artículo 107 LIR aplica específicamente a las ganancias de capital obtenidas por la enajenación (venta) de valores. Los dividendos tienen un tratamiento tributario distinto: en términos generales, están sujetos a retención en la fuente y se incluyen en la renta del inversionista según su situación. Son dos conceptos que no deben confundirse.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Puedo perder el beneficio si hago rebalanceos periódicos en mi cartera?</h4>



<p>Depende de la frecuencia y el patrón de los rebalanceos. Un rebalanceo anual o semestral de una cartera diversificada, en el que se venden parcialmente posiciones para mantener los pesos objetivo, generalmente no configura habitualidad. Pero un inversionista que compra y vende repetidamente el mismo instrumento con alta frecuencia tiene mayor riesgo de ser calificado como habitual. Lo más prudente es diseñar los rebalanceos con criterio tributario desde el inicio.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Necesito declarar la ganancia exenta ante el SII aunque no pague impuesto?</h4>



<p>Sí. La exención no elimina la obligación de declarar. Las ganancias exentas bajo el 107 LIR deben informarse en la declaración anual de renta (Formulario 22), aunque no generen pago de impuesto. No declarar puede generar diferencias con la información que el SII recibe de las bolsas y custodios.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Qué pasa si vendo un instrumento que creía que calificaba y resulta que no tenía presencia bursátil?</h4>



<p>La ganancia tributa como ganancia de capital normal, aplicando la tasa que corresponda según tu situación tributaria. El beneficio del 107 LIR no se puede aplicar retroactivamente ni subsanar después de la venta. Por eso es importante verificar la presencia bursátil antes de ejecutar la operación.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿El 107 LIR aplica a ETFs internacionales que compro a través de Betterplan en EE.UU.?</h4>



<p>Generalmente no, si el ETF está custodiado directamente en EE.UU. sin listarse en una bolsa chilena. Esos instrumentos tienen un tratamiento tributario distinto en Chile —la ganancia tributa como renta de fuente extranjera bajo la normativa de renta mundial. Esta es una diferencia relevante entre invertir vía Betterplan US (cuenta en EE.UU.) versus invertir en ETFs o fondos listados en bolsa chilena. Cada estructura tiene sus ventajas y el análisis debe ser caso a caso.</p>



<p><strong>¿Tu cartera está aprovechando el 107 LIR?</strong></p>



<p>En Betterplan revisamos el tratamiento tributario de tu inversión actual y te ayudamos a estructurar una cartera que combine eficiencia fiscal, diversificación global y costos competitivos. Nuestros asesores están certificados CAMV y operamos bajo supervisión de la CMF.</p>



<p><strong>→ ¿Quieres aprovechar este beneficio? <a href="https://calendly.com/maximiliano-betterplan/nueva-landing" data-type="link" data-id="https://calendly.com/maximiliano-betterplan/nueva-landing" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Agenda una asesoría aquí</a></strong></p>



<p><strong>Nota importante</strong></p>



<p><em>Este artículo es de carácter educativo e informativo. No constituye asesoría tributaria, legal ni de inversión. La aplicación del artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta depende de la situación específica de cada contribuyente y de la normativa vigente al momento de la operación. Las referencias a requisitos, tasas y procedimientos son de carácter general y pueden haber cambiado. Recomendamos consultar con un asesor especializado antes de tomar decisiones basadas en este contenido.</em></p>




]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">4494</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Inversión Activa vs Inversión Pasiva. ¿Cuál es mejor?</title>
		<link>https://blog.betterplan.cl/2025/02/13/inversion-activa-vs-inversion-pasiva-cual-es-mejor-al-momento-de-invertir/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Pía Ríos]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Feb 2025 16:56:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesor]]></category>
		<category><![CDATA[Cultura financiera]]></category>
		<category><![CDATA[finanzas]]></category>
		<category><![CDATA[inversión pasiva]]></category>
		<category><![CDATA[wealth management]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://blog.betterplan.cl/?p=3637</guid>

					<description><![CDATA[Cuando nos enfrentamos a las inversiones, frecuentemente escuchamos hablar acerca de la inversión]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Cuando nos enfrentamos a las inversiones, frecuentemente escuchamos hablar acerca de la inversión activa y la inversión pasiva. Sin embargo, ¿qué son y cuáles son las principales diferencias entre ambas? ¿qué alternativa es mejor? ¿se justifica pagar más por una inversión activa vs una pasiva? ¿cómo afectan los costos de administración a mis rentabilidades futuras?</p>



<p>Todas estas preguntas las iremos resolviendo a lo largo de este artículo. Partiremos por lo más simple, ¿qué son la inversión activa y la inversión pasiva?</p>



<p><strong>La diferencia entre inversión activa y pasiva&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</strong></p>



<p>La <strong>inversión activa </strong>es aquella que delega en un equipo humano las decisiones de inversión. Los famosos fondos mutuos en su mayoría son activos, es decir, tienen un <em>portfolio manager</em>, quien está encargado de tomar las decisiones de inversión del fondo según un marco regulatorio definido al momento de crear el fondo, detallado en el reglamento interno. El <em>portfolio manager</em> lidera a un equipo de analistas que le proveen de información, para así poder decidir la política de inversiones del fondo y realizar las compras y ventas necesarias para lograr una rentabilidad mayor a la del índice de referencia con el que se compara el fondo, es decir al mercado.</p>



<p>La <strong>inversión pasiva </strong>es aquella que, a diferencia de la activa, argumenta que no se le puede ganar consistentemente al mercado. Por lo tanto, es mejor empatar el retorno de mercado y disminuir las altas comisiones que suelen cobrar los <em>portfolio managers</em> por administrar los fondos mutuos activos. De esta manera, las personas recibirán un mayor porcentaje de los retornos que termine teniendo su inversión.</p>



<p>Esta estrategia de inversión busca mantenerse invertido en un portafolio determinado inicialmente según el objetivo de inversión, horizonte de tiempo y nivel de riesgo. A esta técnica le llaman <em>buy and hold, y</em> permite maximizar la rentabilidad minimizando las compras y ventas de instrumentos financieros.</p>



<p>Warren Buffett, quien se convirtió en uno de los hombres más ricos del mundo al elegir compañías y acciones específicas para invertir, ha pasado las últimas décadas disuadiendo a casi todos los que no se llaman Warren Buffet de intentar ganar dinero a través de la inversión activa.</p>



<p><strong>“<em>Mi consejo para los inversionistas no podría ser más simple: invierta el 10% del efectivo en bonos del gobierno a corto plazo y el 90% en un fondo indexado S&amp;P 500 de muy bajo costo</em>”</strong><a href="#_ftn1" id="_ftnref1"><strong>[1]</strong></a><strong>.</strong></p>



<p>Buffet favorece la inversión pasiva y durante mucho tiempo ha alentado públicamente a sus herederos a invertir la mayor parte de su herencia en fondos de acciones altamente diversificados y de bajo costo cuando él muera.</p>



<p><strong>¿Por qué la inversión pasiva generalmente utiliza instrumentos indexados?</strong></p>



<p>Una estrategia pasiva busca invertir en el mercado de manera diversificada y a muy bajo costo; y los fondos que se han hecho famosos por lograr justamente eso son los ETF. Los <em>Exchange Traded Fund</em>, son fondos cotizados en bolsa que suelen seguir índices de mercado. Éstos te permiten comprar un gran número de acciones individuales o bonos corporativos y gubernamentales, permitiendo de esta forma, una diversificación instantánea de tu inversión. Por ejemplo, si compras un ETF que sigue al IPSA (Índice de las principales empresas transadas en Chile), estarás comprando una canasta de todas las acciones de empresas chilenas que componen el índice.</p>



<p>Además de la transparencia y bajo costo operativo que caracterizan a los ETF, otra de sus ventajas es que, al ser instrumentos que se transan en bolsa, tienen liquidez diaria, por lo que rescatar tus inversiones es fácil y rápido.</p>



<p><strong>Invertir a bajo costo es más importante de lo que crees</strong></p>



<p>La inversión pasiva logra minimizar los costos asociados a la inversión activa, ya que disminuyes el costo de transacción al no realizar <em>trading </em>activo, es decir, realizar compras y ventas de instrumentos constantemente &nbsp;y disminuyes el costo de administración, ya que los instrumentos indexados tienen <em>fees (costo de administración)</em> considerablemente menores.</p>



<p>Puede que pensemos que un 0,5% de costo adicional por invertir no sea mucho -en nuestra mente es un número chico-. Sin embargo, si invertimos a largo plazo, estas pequeñas diferencias en costos tienen un efecto importantísimo en las rentabilidades finalmente obtenidas.</p>



<p>Hagamos un ejercicio. Supongamos que invertimos US$10.000 en el principal índice accionario de Estados Unidos (S&amp;P500) hace 20 años atrás. Luego veamos cuánto rescataríamos al terminar el plazo si hubiéramos tenido que pagar una comisión de 5%, 3%, 1% o sin comisión. Como se puede ver en el gráfico, si comparamos una inversión con un costo de 5% versus una con un costo de 1%, al momento de rescatar, recibiríamos un 35% menos de dinero. En el primer caso retiraríamos US$26.974 y en segundo US$43.305. Esto es una muestra clara del efecto que tienen los costos en las inversiones en horizontes de largo plazo.</p>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-full is-resized"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="742" height="445" src="https://blog.betterplan.cl/wp-content/uploads/2025/02/image-edited.png" alt="" class="wp-image-3639" style="width:438px;height:auto" srcset="https://blog.betterplan.cl/wp-content/uploads/2025/02/image-edited.png 742w, https://blog.betterplan.cl/wp-content/uploads/2025/02/image-edited-585x351.png 585w" sizes="(max-width: 742px) 100vw, 742px" /></figure></div>


<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p>Algunos podrán pensar que no es tan terrible pagar altas comisiones por sus fondos si es que estos son capaces de ganarle al retorno del mercado. El problema de esto es que una y otra vez se ha probado que ni siquiera los inversionistas profesionales que trabajan en Wall Street le logran ganar consistentemente al mercado. De hecho, los resultados de los fondos activos publicado por S&amp;P Dow Jones Indices en los últimos años (SPIVA US Scorecard), indican que entre el 80% y el 99% de los fondos activos han obtenido un rendimiento inferior al de sus índices de referencia en los últimos 15 años.</p>



<p>Y en Betterplan, ¿Qué preferimos?</p>



<p>En Betterplan creamos portafolios utilizando principalmente ETF, ya que estamos convencidos de que, para obtener buenas rentabilidades en el largo plazo, tenemos que invertir de manera <strong>diversificada</strong>, <strong>transparente</strong>, y en instrumentos de <strong>bajo costo. La liquidez es un beneficio adicional </strong>a este tipo de inversión.&nbsp;Esto no significa que no recomendemos cambios a los portafolios de los clientes, sino que los cambios que recomendamos suelen ser como consecuencias de datos objetivos de la vida de los mismos, como cambio en su situación laboral, horizonte de inversión o prioridades personales. Porque en las inversiones no existe la bola de cristal, no recomendamos cambios en base a consejos de aquellos que dicen saber qué acciones subirán los próximos meses y cuales caerán, ya que una y otra vez la evidencia académica nos ha demostrado que esa no es la receta del éxito.</p>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a>Condiciones de Warren Buffet en su testamento sobre cómo invertir, &nbsp;publicadas en el diario Financial Times.</p>




]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">3637</post-id>	</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/

Object Caching 67/139 objects using Disk
Page Caching using Disk: Enhanced 
Minified using Disk
Database Caching 1/21 queries in 0.010 seconds using Disk

Served from: blog.betterplan.cl @ 2026-06-03 12:31:13 by W3 Total Cache
-->